Una mirada
al interior
Por
Juan Morales de la Lastra*
Apuntes desde la perspectiva del Derecho
sobre energía y medio ambiente. |
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Antes de vernos por dentro, debemos tener presente que en la actualidad el panorama energético mundial cambia sensiblemente. El carácter perecedero, los elevados precios
de los combustibles fósiles, el impacto ambiental negativo que su sobre-explotación ha provocado, la toma de conciencia mundial acerca de esta negatividad, y la aparición de nuevas técnicas y tecnologías para el uso de las fuentes renovables de energía (FRE), permiten anticipar que el agotamiento progresivo de los combustibles fósiles utilizados
en la producción de energía, propicia su propia sustitución paulatina, por otros con carácter renovable y de menor o nulo impacto ambiental.
Ese proceso de sustitución es hoy una alternativa tecnológica viable y constituye una realidad mundial, en cuya solución de una manera u otra está empeñada toda la humanidad, aun cuando todavía no existe un solo país que haya podido dar solución definitiva, en favor o en contra, a esta tendencia irreversible.
Se puede hablar de progresos y de ejemplos a seguir, pero la solución final pasa por el esfuerzo, el desarrollo, las particularidades e inclusive la idiosincrasia de cada nación;
por ello, para enfrentar tal realidad debemos conocer y establecer nuestras propias metas, aprender de las experiencias que nos preceden, ordenar nuestras realidades y objetivos, y comenzar un trabajo paciente y preciso de cambios, donde aciertos y errores dependerán de nuestra capacidad de previsión y del esfuerzo mancomunado de toda la sociedad.
Por ello, cualquier esfuerzo que debamos realizar sobre la cuestión energética en Cuba, debe reconocer que más de un siglo de prácticas sustentadas en el uso de portadores energéticos fósiles nos legaron un conjunto de realidades negativas, que propiciaron una conciencia consumista y derrochadora, principal obstáculo para el diseño de una nueva matriz energética sostenible que, de manera paulatina y consciente, sustituya el consumo de portadores energéticos fósiles por las FRE.
El estudio de las soluciones posibles indica que debe transitarse en tres direcciones:
1. Creación de un marco legal propicio al ordenamiento de las relaciones jurídicas que surgen en el ámbito de la producción, distribución y consumo de energía, sin abandonar el actual esquema educativo que favorece la creación y toma de conciencia con respecto al tránsito de un sistema eléctrico privilegiado y centralizado, hacia un esquema distribuido y diverso de generación, suministro y prestaciones energéticas, sustentado en el uso de las FRE en función del desarrollo local y la sostenibilidad territorial.
2. Aumento sostenido de los niveles de eficiencia para la generación, suministro y consumo, mediante el empleo de técnicas y tecnologías de alta eficiencia, con la aplicación de una concepción verdaderamente ahorrativa que promulgue el uso de lo preciso para cubrir y propiciar los niveles necesarios al desarrollo, con un marcado énfasis en su carácter regulador del consumo, de protector de recursos perecederos, hacedor de conciencia y facilitador de la introducción de las nuevas tecnologías para la producción
de energía basada en el uso, explotación y desarrollo de las FRE.
3. Inicio del proceso de diversificación de la matriz energética nacional, con la participación de todas las fuerzas productivas del país.
Todo ello, sin abandonar el postulado constitucional que otorga a los ciudadanos cubanos acceso prioritario a los servicios energéticos, y obliga al Estado a dar atención preferencial a tales servicios.
Tomadas las prevenciones estatales necesarias, y definidas las políticas participativas
a seguir, resta organizar el marco legal propicio, e incentivar y desatar la participación
de todos los ciudadanos, señalándoles los derechos y obligaciones que correspondan
a su participación dentro del escenario económico previsto.
A criterio del autor de este artículo, debe estructurarse una Ley General para el uso y explotación racional de la energía generada, distribuida y consumida en el territorio de Cuba, que contenga, entre otros, los postulados siguientes:
1. Reconocimiento de la obligación de tutelar la generación, distribución y consumo de toda la energía que se produzca en el territorio de la Isla, con independencia de su procedencia de fuentes tradicionales con empleo de combustibles fósiles, o de FRE.
2. Reconocer el papel rector del Estado y de la planificación económica en el diseño
y control de la política energética nacional.
3. Reconocimiento del derecho que tienen los ciudadanos cubanos, las personas naturales y las personas jurídicas, cubanas o no, asentadas o con sede en el territorio nacional, para participar ordenadamente en el desarrollo y explotación de las FRE, previo cumplimiento de lo que se disponga en la Ley, sus normas complementarias y las normas técnicas que se establezcan al respecto.
4. Reservar el control de la generación distribuida por el sistema de distribución electro- energético nacional, al sistema empresarial estatal.
5. Establecer la obligatoriedad de considerar y aplicar en toda nueva inversión, la optimización del consumo, mediante el empleo de técnicas y tecnologías de bajo consumo, y el prioritario uso de las FRE en función del desarrollo.
6. Establecer la obligatoriedad de evaluar, considerar e implementar medidas de eficiencia energética encaminadas a disminuir el consumo, y aumentar el empleo de las FRE para las personas jurídicas radicadas en el territorio nacional, que en sus planes de desarrollo
e inversiones prevean consumir o aumentar su capacidad de consumo, si la generación recibida proviene de portadores energéticos fósiles.
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7. Incentivar, con medidas económicas concretas, el uso de las FRE en los proyectos
de inversiones y de investigación y desarrollo.
8. Definir que las inversiones a realizar por las personas naturales y jurídicas que tributen sus excedentes energéticos provenientes del empleo de las FRE, al SEN o a otros usuarios, recibirán beneficios económicos por sus servicios, que serán evaluados por un término de 20 años al precio del costo para la producción de electricidad con combustibles fósiles, así como que sus producciones resultasen libres de impuestos por el mismo término de tiempo, pudiendo tributar al Sistema, sin costo alguno, por el uso de las redes de distribución estatales.
9. Definir la inclusión del costo de conexión al SEN, o a la red de distribución, dentro
de los costos de inversión con cargo al productor que decide entregar sus excedentes
al sistema.
10. Ordenar la elaboración de las normas técnicas complementarias para el uso de las FRE, con especial énfasis en la sostenibilidad económica del sistema, la medición del consumo, la entrega de los excedentes, los requisitos para la interconexión al SEN o a las redes locales, y la medición del impacto económico de las medidas de eficiencia y ahorro, para lograr mayor efectividad del incentivo económico.
11. Ordenar la evaluación económica del impacto de las medidas de eficiencia energética y del ahorro de combustibles fósiles derivados del uso de las FRE, e incentivar su aplicación con una bonificación anual de 50% de lo ahorrado a cargo del presupuesto afectado, para su empleo en el mantenimiento de los sistemas, o para la creación de nuevas capacidades que reporten ahorro de combustibles fósiles por la aplicación de nuevas medidas de eficiencia, ahorro, o utilización de FRE, en función del desarrollo de proyectos propios o locales.
12. Propiciar la creación de consultorías para el desarrollo y explotación de las FRE,
con la participación de los sectores empresarial y cooperativo.
13. Favorecer la creación de cooperativas de producción y servicios que trabajen en favor del desarrollo y explotación de las FRE, y en la creación de una infraestructura que responda al crecimiento progresivo de este sector.
14. Facilitar la adquisición de locales propios al sector cooperativo interesado en realizar inversiones fabriles en función del uso, desarrollo y explotación de las FRE.
15. Decretar la formación de cooperativas de autoconsumo y generación energética basada en FRE, en las cuales el reparto de las utilidades podrá establecerse por la capacidad individual instalada y el aporte energético entregado, además de la cantidad
y calidad del trabajo realizado por el cooperativista en favor de la cooperativa.
16. Ampliar el nomenclador de actividades a realizar por cuenta propia, para permitir
la especialización e inserción de este sector económico emergente en el desarrollo
y explotación de las FRE, etcétera.
Todo ello en un sistema normativo que, con carácter inclusivo, refrende además de obligaciones y derechos, las metas para el desarrollo, los requisitos participativos,
la inversión extranjera, la introducción de tecnología, el control estatal, las normas complementarias, las experiencias que en el campo del derecho comparado han triunfado como alternativas válidas para impulsar el desarrollo y la independencia energética de los combustibles fósiles, haciendo a la vez un prudente manejo de la voluntad que permita a los participantes accionar con eficiencia en un escenario económico, tecnológico y social completamente nuevo y en constante desarrollo.
Por último, hacernos el firme propósito de convivir, y desde lo más profundo de nuestros sentimientos aceptar el cambio, identificar lo que debe ser cambiado, estimular la transformación y convertirnos en parte de la solución, única manera de dejar de ser de
una vez por todas parte del problema.
Si cada uno nos ocupáramos con diligencia en poner orden y hacer eficiente el pedacito de patria en que nos ha tocado vivir, al final tendríamos un grande, ordenado y eficiente pedazo de patria que legar a las nuevas generaciones, y estaríamos haciendo independencia y revolución.
* Abogado. Miembro de CUBASOLAR, Cuba.
e-mail: comunicación@cubasolar.cu
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